martes, 26 de noviembre de 2013

¿DÓNDE ESTÁ LA RECUPERACIÓN ECONÓMICA QUE NO LA VEMOS?

Que si ya vemos la luz al final del túnel, que si está llegando dinero de todas partes... Se empieza a instalar en la clase política y empresarial española un discurso de recuperación económica y de final de la crisis que resulta bastante ajeno a la mayoría de los ciudadanos, los cuales no vemos que mejore nuestra situación, básicamente porque no mejora el empleo, ni en cantidad ni en calidad.
 

 
Se decidió abordar la crisis con medidas basadas en el ajuste presupuestario (recorte del gasto) y la devaluación interna (bajada de salarios). Con la primera se han reducido servicios públicos básicos como la sanidad o la educación (garantes de una mínima equidad social) y con la segunda no se ha conseguido alcanzar el efecto esperado de creación de empleo.


El gobierno parece creer que en la economía se aplica la teoría de los vasos comunicantes, por la que todos los agentes económicos (Administraciones Públicas, empresas y ciudadanos) notaríamos a la vez y en el mismo grado la supuesta recuperación económica; sin embargo se demuestra que existen unos acaparadores de rentas que de momento no han saciado su sed y siguen llenando su vaso a costa del ciudadano medio. Esta situación se ve alimentada por la política monetaria del BCE de inyección restringida de liquidez.


¿Cuál es la solución propuesta para acabar con la brecha social abierta?, ninguna. El propósito es continuar con la misma política.

Continuaremos con la austeridad que hace inservible la política fiscal, el único brazo de actuación que tendría el gobierno para intentar equilibrar, en la medida de lo posible, el impacto de la crisis. Ni gasto social ni incentivos reales a la actividad económica.


Por si fuera poco, la devaluación interna (la forma políticamente correcta para hablar de bajadas de salarios) debe continuar, lo que servirá para que sigan aumentando los beneficios empresariales y reduciéndose las rentas familiares.

Olvídense del consumo, otrora motor básico de nuestra economía, salvo que sean ustedes de los pocos privilegiados que ven llover dinero.

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viernes, 22 de noviembre de 2013

NOBLEZA OBLIGA

¿Habíais oído alguna vez hablar del 'alodio'? Yo debo confesar que no, desconocía totalmente el concepto hasta que se ha conocido la noticia de un matrimonio mallorquín que ha ganado una demanda judicial en la que se negaban al pago de dicho alodio.
 
 
El caso es el siguiente, una pareja formaliza la compraventa de una vivienda en la isla de Mallorca. Tras pagar sus correspondientes impuestos por la transmisión patrimonial reciben la reclamación de Dª María Almudena de Padua y España, Marquesa de Campo Franco, reclamando la cantidad de 1.800.-€ en concepto de alodio, un 2% del precio de la compraventa.
 
 
Pero, ¿qué es el alodio?. Pues es una figura del derecho romano que se abre paso en el tiempo y que perdura en el derecho mallorquín; consiste en la existencia de una carga sobre una finca que debe satisfacerse a su titular (en este caso la marquesa) en cada transmisión de la finca gravada.
 
Los compradores comienzan a informarse sobre el caso y ven como solución alegar la prescripción del cobro por no haberse abonado el alodio en la compraventa anterior que databa de 1942. Sin embargo el derecho sigue vigente y si en la próxima transmisión la marquesa sigue igual de atenta a "su derecho" podrá exigir el pago de su mordida por derecho de cuna.
 
 
Para evitar que pervivan este tipo de derechos, el matrimonio afectado ha iniciado una campaña de recogida de firmas en change.org para derogar la existencia de tal derecho de alodio del que os dejo el enlace.
 

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martes, 19 de noviembre de 2013

SE SORTEA PUESTO DE TRABAJO

Qué tiempos aquellos en los que la tradicional cesta de Navidad incluía un jamón, cava, polvorones, etc. Por desgracia los intereses de las personas cambian y si hay una preocupación que desvela a millones de españoles hoy en día esa es la de tener un puesto de trabajo.
 
 
Así lo ha entendido una empresa que para este año ofrece en un sorteo de cesta de Navidad regalos tales como: el pago de 3 años de hipoteca o alquiler, un crucero, un coche, entradas al cine para un año y UN PUESTO DE TRABAJO.
 
 
La verdad es que cómo técnica de marketing es impecable, pero ¿es legal sortear un puesto de trabajo? Los promotores del premio tratan de vestir de legitimidad su actuación arguyendo que el premio es la cesta de navidad y que ésta engloba diferentes recompensas entre las que figura el puesto de trabajo, al que el premiado podría renunciar individualmente, manteniendo sus derechos sobre el resto de componentes de la cesta.
 
 
Lo que no parece tener discusión es la falta de ética de ofrecer un puesto de trabajo como premio de un sorteo.
  • En primer lugar por aprovecharse de la situación de emergencia social por la alta tasa de paro para vender papeletas y recaudar más dinero.
  • En segundo lugar porque se banaliza el puesto de trabajo sorteado y a la persona que lo acepte.
 
 
Ya se ha intentado cobrar por entrevistas de trabajo ( y se declaró ilegal), ahora se pretende cobrar por sortear un puesto de trabajo; esperemos que la justicia actúe de oficio y corte de raíz cualquier posibilidad de mercadear con derechos fundamentales.

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jueves, 14 de noviembre de 2013

QUE NADIE SE MUEVA

 
En el afán de reducir el fraude fiscal, el Ministerio de Hacienda ha ideado un plan de inspección que se conoce con el nombre de Lucha contra el fraude a pie de calle.
 
 
El astuto plan consiste en obtener información sobre gastos cotidianos susceptibles de haber sido ocultados a la Hacienda Pública al no haberse emitido factura. Según dicen desde el ministerio se centrarán en celebraciones cotidianas (bodas, bautizos y comuniones) por gastos como el restaurante, las flores o el reportaje fotográfico; en colegios por los comedores escolares, el transporte o el pago a asociaciones; y las comunidades de vecinos por el pago a proveedores (fontaneros, albañiles, carpinteros...) y a administradores de fincas.
 

La actuación inspectora se concretará en el envío de requerimientos de información a cónyuges, colegios y comunidades de propietarios debiendo la parte requerida identificar a los prestadores de servicios, así como documentar las operaciones mediante copia de las facturas y de los justificantes de pago.
 
 
¿Qué responsabilidad tienen los requeridos en estas investigaciones? Pues su obligación es la de dar la información requerida, pero no olvidemos que quienes pueden no haber declarado los ingresos son las empresas proveedoras de servicios. Eso sí, en caso de no atender al requerimiento podrá incoarse expediente sancionador.
 
 
 
Me temo que el fraude que se detectará con este plan será escaso y no es más que una nueva vuelta de tuerca contra el pequeño defraudador, dejando de lado nuevas actuaciones contra los grandes defraudadores que suponen el 80% de la elusión fiscal de nuestro país. Sería interesante que el Ministerio de Hacienda detallase los objetivos que espera lograr con este plan y cuantificarlos monetariamente para poder luego medir su eficacia, pero ya han adelantado que también se trata de obtener un efecto boca a boca de prevención y que éste es incuantificable.

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miércoles, 6 de noviembre de 2013

EL AUTOALQUILER DE PEDRALBES

En el penúltimo capítulo del culebrón del "caso Urdangarín" ha aparecido el contrato de alquiler entre la empresa AIZOON y los Duques de Palma.


Recordemos brevemente cómo era el caso. El Sr Urdangarin constituye una fundación, el Instituto Noos (entidad sin ánimo de lucro), con el que facturaba a las Administraciones Públicas por el supuesto estudio de la celebración de eventos deportivos. Al mismo tiempo los Duques de Palma eran dueños de una sociedad llamada AIZOON que prestaba a su vez servicios al Instituto Noos. La empresa AIZOON, al contrario que NOOS, sí tiene ánimo de lucro (y mucho).
 
 
Para evitar que la empresa AIZOON obtuviese demasiado beneficio y por tanto tuviese que tributar por encima de lo deseado, dicha empresa tenía una serie de gastos entre los que estaba el alquiler de sus oficinas. Casualmente las oficinas de tan prestigiosa empresa se situaban en el mismo domicilio de los Duques de Palma, para lo cual se realizó el correspondiente contrato de alquiler.
 
 
El alquiler de una parte de la vivienda de los Duques de Palma como oficinas de su propia empresa no es una operación ilegal, pero sí que está sometida a ciertas condiciones.
 
En primer lugar, y como para cualquier transacción económica, la operación debe ser real, es decir debe existir realmente la oficina. En este caso la AEAT tributaria ya ha indicado que se trataría de una operación simulada, por lo que no habría lugar a la deducción del gasto por alquiler. Seguramente este hecho tributario esté ya prescrito (¡qué raro!).
 
 
En segundo lugar estaríamos hablando de lo que se conoce como una operación vinculada. Esto quiere decir que ambas partes del contrato de alquiler tienen una relación directa o son las mismas. Para estos casos la normativa fiscal establece que la operación (en este caso el alquiler) debe realizarse a precio de mercado, o sea que los Duques de Palma deberían cobrar a la empresa AIZOON lo mismo que hubiesen cobrado a cualquier otra empresa que alquilase la misma oficina y deben justificar el valor de la operación mediante la documentación que legalmente se establece. Recordemos que el precio del alquiler era de 526.-€/mes. Seguramente todo este rollo de la operación vinculada también esté prescrito, para variar.
 
 
Que nos queda de todo esto, pensar que como firmante del contrato de alquiler la Infanta Cristina estaba muy al corriente de toda la situación, pero que lo pensemos no quiere decir ni mucho menos que sea imputada judicialmente.

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