lunes, 25 de febrero de 2013

CRECIMIENTO O AUSTERIDAD

Con el inicio de la crisis las autoridades económicas debieron tomar una decisión; la elección entre crecimiento económico o austeridad. Todos sabemos cuál fue la opción elegida.
El argumentario para justificar la elección fue sencillo: hemos vivido por encima de nuestras posibilidades (como sociedad), gastando y endeudándonos sin control; ahora, para revertir esa situación deberemos reducir nuestros gastos y las cuentas macrocontables (déficit, endeudamiento) se reequilibrarán.
Sin embargo, tras varios ejercicios consagrados a la austeridad, no sólo no hemos conseguido equilibrar nuestras cuentas (el déficit sigue superando ampliamente al presupuestado y la deuda pública está en el máximo de los últimos 100 años) sino que dicha austeridad ha sometido a la población a un nivel de sufrimiento insostenible, acuñándose el término austericidio para definir el resultado que ha producido la política de recorte económico.

Pero ¿qué ha fallado en la teoría de la austeridad económica como solución a la crisis? ¿Por qué, aun reduciendo el gasto público de manera brutal, no se ha conseguido equilibrar la contabilidad nacional?
A priori, si adaptamos la receta de la austeridad a nuestra economía doméstica, puede parecer el camino lógico para reequilibrar nuestras cuentas. Pero ¿podemos considerar acertada la misma receta para la macroeconomía?
Como ya he dicho alguna vez la economía es una ciencia social, lo que quiere decir que se ve influenciada por el comportamiento de la sociedad en general. Esto, traducido a la macroeconomía, nos daría que la exagerada austeridad económica será causa, muy probablemente, de un estrangulamiento económico; es decir, entraríamos en una espiral de recesión económica.
Así hemos comprobado como una drástica reducción del consumo público (paralización de la obra pública, reducción de salarios del funcionariado público) ha reducido no sólo dicho consumo público sino también el privado, siendo el efecto negativo sobre este último mucho mayor que el ahorro obtenido (a esto se le llma en economía efecto multiplicador).
Pensemos el efecto que puede haber tenido la supresión de la paga extra navideña a los funcionarios. Dicha paga solía destinarse íntegramente al consumo debido a las fechas en que se cobra. Si, aproximadamente, uno de cada cuatro asalariados trabaja como funcionario supone una reducción previsible del 25% en el consumo de la campaña navideña con el correspondiente efecto en la actividad económica y el empleo. A menor actividad económica y empleo, menor será la recaudación obtenida vía impuestos; y así sucesivamente.
Vimos como al principio de la crisis, el denostado Plan E, no sirvió de estímulo para el crecimiento económico. Dijimos entonces que el Estado ya no tenía capacidad económica suficiente para ser la tabla de salvación mediante el estímulo al crecimiento de la economía. Ahora vemos que la contención en el gasto público lastra las pocas posibilidades de un cambio de rumbo en la economía española.
¿Cuál es la conclusión que podemos sacar de todo esto? La rigidez del gasto público. Esta rigidez requiere de un cuidadoso manejo de las políticas fiscales de gasto y la búsqueda del incremento de los ingresos públicos para equilibrar las cuentas públicas. A su vez se hacen necesarias reformas en la Administración Pública que mejoren la eficiencia de los recursos asignados.
En resumen; crecimiento sí, austeridad no; dicho de otro modo; reformas sí, recortes no.

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jueves, 21 de febrero de 2013

REFORMAS DE SEGUNDA GENERACIÓN

La intervención del Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en el Debate sobre el estado de la nación nos dejó, en sus mismas palabras, una "segunda generación de reformas" para el estímulo del crecimiento económico.

En su discurso, el Presidente anunció una retahíla de medidas enfocadas a dinamizar la actividad económica española y con ello el empleo y el emprendimiento. A modo de resumen destacaremos las siguientes:
No pagar el IVA hasta que se cobre la factura. Se anuncia un nuevo régimen especial de IVA que entraría en vigor en 2014 y que se basaría en el criterio de caja en la liquidación de este impuesto, es decir, el autónomo no ingresa el IVA en la Agencia Tributaria hasta que no haya cobrado el mismo de su cliente. Este régimen especial sólo será posible para autónomos y pymes que facturen menos de 2 millones de euros anuales.

Tributación reducida para las empresas de nueva creación. Las sociedades de nueva creación tributarán por sus beneficios a un tipo impositivo del 15% durante los dos primeros años en que obtengan beneficios; en el caso de los autónomos se producirá una reducción del 20% de sus rendimientos netos.

Fomento del empleo para jóvenes. Se creará un nuevo modelo de contrato temporal para jóvenes que accedan a su primer empleo, con incentivos para su transformación en indefinido. Asimismo se establecen bonificaciones de hasta el 100% en la cotización a la Seguridad Social en contratos a tiempo parcial para menores de 30 años hasta que la tasa de paro no baje del 15% (¿minijobs?).

Estas 3 medidas serían las más destacadas, pero se anunciaron bastantes más como por ejemplo incentivos al I+D+i en las empresas, ayudas dirigidas a las comunidades de propietarios para la rehabilitación de edificios, 45.000 millones de euros para dar liquidez a las pymes, una segunda parte del plan de pago a proveedores por las deudas pendientes de las Administraciones Públicas, mejora de la capitalización por desempleo para los emprendedores, etc.

Según nos anuncian este mismo viernes el Consejo de Ministros aprobará la mayoría de estas medidas mediante un Real Decreto-ley, será ese el momento en que podremos analizar más reposadamente los requisitos y condiciones, que seguro habrá, y que delimitarán su aplicación (sobre todo en el nuevo régimen especial del criterio de caja del IVA).

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miércoles, 20 de febrero de 2013

LA VIDA ES PURO TEATRO

El panorama político español está revuelto. Muy revuelto. Cuando no saltan sospechas por tramas de sobresueldos no declarados dentro del partido del gobierno tenemos que la gala de los premios del cine español, los Goya, se utiliza por l@s galardonad@s para criticar la situación de recortes en los servicios públicos.

Estas críticas durante los Goya fueron asumidas estoicamente por el Ministro de Educación y Cultura, presente en dicha gala, porque es algo que va en el sueldo. Sin embargo al ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, le escoció que determinadas personas del gremio del cine pusieran en tela de juicio la política fiscal del gobierno.

De esta manera, dos días después de celebrarse la que debía ser la fiesta del cine español, el ministro Montoro se despachó ante el resto de sus señorías dejando caer que en España "hay famosos actores que no pagan sus impuestos en España" y con aires de ahí-queda-eso continuó con diferentes asuntos.

¿A qué actores se refería? ¿Deberían esos actores pagar impuestos en España? ¿Los actores que no tributan en España están legitimados para opinar sobre los recortes en el gasto público?



En nuestro sistema fiscal existen dos vía para la tributación por las rentas obtenidas: por un lado tendríamos el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) que obliga a la tributación por las rentas generadas por los residentes en España; por el otro lado y para los no residentes que obtengan rentas en España está el IRNR (Impuesto sobre la Renta de no Residentes). Debemos diferenciar por tanto si el sujeto es residente o no en nuestro país.

Supongamos un actor español que vive en Hollywood (sí, ese que estás pensando). Este actor por el mero hecho de no ser residente en España no deberá presentar declaración por el IRPF, ya que su obligación fiscal por este concepto será frente el fisco estadounidense. Si ese mismo actor tuviera varios inmuebles en España tributaría por ellos ante la Hacienda patria a través de su declaración de no residente, pero la Hacienda española no puede exigirle tributar por las rentas originadas en el extranjero. Si este mismo actor trabajase en una película española, rodada en Almería, tributará también en España por los ingresos obtenidos por hacer esa película en concreto.

Es decir, la fiscalidad viene determinada en primer lugar por nuestra residencia, no por nuestra nacionalidad; y en segundo lugar por el lugar donde generamos nuestras rentas. Pero todo esto ya lo sabe el señor ministro, así que no creo que en su crítica se refiriese a este punto.

¿Podría referirse el ministro Montoro a que existen actores que siendo efectivamente residentes en España no tributan al fisco español por haber declarado que residen en un país extranjero? Este caso ya se ha dado, sobre todo con deportistas, y si el ministro tiene constancia de que este hecho se estuviera produciendo con algún actor lo que debe hacer es poner los medios para evitar tal situación. Estoy seguro de que si esto ocurriese se investigaría por parte de la Agencia Tributaria, así que el ministro debería querer dar a entender otra cosa con su comentario, pero ¿el qué?

Lo que molestó al señor Montoro fue que personas cuyas opiniones tienen gran repercusión pública y que no pagan sus impuestos en España, porque no tienen dicha obligación, criticasen los recortes en los servicios públicos españoles.

¿Es legítimo que un español que no tiene obligación de tributar en España cuestione la política fiscal en España? Parece ser que depende de a lo que se dedique profesionalmente dicha persona. Todos los días vemos en la tele españoles anónimos que han emigrado fuera de nuestras fronteras para ganarse la vida y muchos de ellos critican la situación española (el paro, los recortes en servicios públicos...), sin embargo ante ninguno de ellos se molestó el Ministro de Hacienda en recriminarles su falta de solidarida fiscal y patriotismo con su país por haberse ido a buscar la vida al extranjero.

Nos quedaría pendiente una cuestión, ¿a qué actores se refería? La única mención específica que se hizo fue a Depardieu, que ni es español ni residente en nuestro país. Aquí le daré una recomendación al señor Montoro: no tire la piedra y esconda la mano; si no puede dar datos individuales es mejor que no diga nada.

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miércoles, 6 de febrero de 2013

COMO AL FINAL SÍ QUE SEA UNA AMNISTÍA FISCAL...

Son tiempos de marejada a fuerte marejada para el gobierno. La sucesión de supuestos escándalos fiscales por el cobro de sobresueldos y de delitos de cohecho ha puesto en el ojo del huracán cualquier acto que pudiera tener relación con movimientos de dinero negro. Y la estrella de todo esto es la célebre amnistía fiscal que se aprobó el año pasado. 

Recordemos brevemente; con la intención de atraer capitales salidos de España de manera fraudulenta el Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, autorizó una regularización fiscal por la que los defraudadores pudieran ponerse al día con el fisco a cambio del pago de un 10% (un tipo impositivo mucho menor que el que paga cualquier trabajador por su salario; 24,75% como mínimo, de ahí pa'rriba). La previsión era detectar 25.000 millones de euros de bases imponibles ocultas (defraudadas) que al tipo del 10% ingresarían en caja 2.500 millones de euros.

La polémica estaba servida: en lugar de perseguir el fraude fiscal, se da un trato puntual de favor a los defraudadores para que tributen a un tipo mucho más reducido que el resto de ciudadanos que ha cumplido puntualmente con sus obligaciones fiscales; pero todo fuese por un ulterior bien mayor.

Llegó el final del plazo para la regularización y los datos que arrojó fueron unas bases imponibles descubiertas de 40.000 millones de euros (un 60% más de lo previsto, ¡oh, glorioso éxito!); sin embargo a nivel recaudatorio entraron en las cuentas públicas apenas 1.200 millones de euros, menos de la mitad de lo presupuestado. Es decir, podríamos concluir que realmente el tipo impositivo ha sido del 3%.

Personalmente veo incumplido el objetivo que tenía el Ministro de hacienda por dos motivos:

1.- Se ha recaudado menos de la mitad de lo esperado.
2.- La metodología real de regularización era desconocida por el Ministro, ya que con unas bases imponibles declaradas mayores de lo esperado se recauda mucho menos.

Además, nos queda la sombra de una duda. Se insistió al anunciar el proceso de regularización fiscal que no serviría para evitar procesos por fraude fiscal de quienes ya tuvieran abierta una causa judicial (Bárcenas, verbi gratia); pero visto el poco tino del Ministro para saber cómo tributarían las bases imponibles descubiertas, ¿podemos fiarnos de que no se aproveche la amnistía fiscal para regularizar de paso la situación penal, sobre todo cuando se sospecha que más de 20 imputados por la trama Gürtel (varios de ellos vinculados políticamente con el gobierno) se han acogido al proceso de regularización fiscal?

El propio Luis Bárcenas, ex-tesorero del PP y famoso por unos papeles apócrifos sobre la financiación irregular del PP, ha tenido estos días un rifirrafe verbal con la Agencia Tributaria a cuenta de la amnistía fiscal. Él afirmaba haber regularizado su situación fiscal mediante esta amnistía, algo que rápidamente negó Hacienda. Luego Bárcenas mostró pruebas de su regularización y Hacienda les quitó crédito por haberse realizado a través de una sociedad...

¿Estaría dispuesto el Ministro de Hacienda a asumir su fracaso con la amnistía fiscal si liberase de responsabilidades penales a quienes se acogieron a ella? ¿Y dimitiría?

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lunes, 4 de febrero de 2013

NUNCA HE COBRADO DINERO NEGRO

El escándalo de los documentos atribuidos al ex-tesorero del PP, Luis Bárcenas, está haciendo tambalearse la ya escasa confianza de los ciudadanos en el gobierno.

Dejando aparte en un primer momento la autenticidad o no de los papeles, vamos a analizar las ilegalidades que podrían estar registradas en los documentos filtrados por la prensa; ya que no estamos únicamente ante un problema de cobros no declarados por parte de la directiva del partido político, sino que estaríamos ante una trama de sobornos, financiación ilegal de un partido político y delitos de cohecho.
La forma que se le ocurre al Partido Popular para quitar credibilidad a los papeles de Bárcenas es acudir a la realización de auditorías (interna y externa) de las cuentas y presentación de declaraciones de la renta y patrimonio, todo ello en aras de la transparencia que debe reinar siempre en un organismo como un partido político.

Pues bien, ambas soluciones resultan inútiles para demostrar la falta de veracidad de los supuestos apuntes. En el caso de las auditorías porque no aparecerá ni un solo apunte de los cobros o pagos off the record; cualquier empresa u organización que lleve un registro de apuntes con dinero negro utilizará un sistema de doble contabilidad. El funcionamiento de esta doble contabilidad es siempre el mismo; todas las operaciones realizadas de espaldas al fisco son realizadas exclusivamente en metálico (para no dejar ningún rastro en extractos bancarios) y se registran en un libro tradicional las entradas y salidas de ese dinero que nunca se declarará sin ningún tipo de recibí o documento que justifique dichas operaciones. Nunca se registran estas anotaciones en un soporte informático para evitar dejar cualquier rastro.


¿Por qué las declaraciones de renta y patrimonio tampoco son prueba irrefutable de la falsedad de los apuntes atribuidos al al Bárcenas? La cantidad cobrada en dinero negro puede destinarse a gastos cotidianos pagados en efectivo (sin registro alguno), o puede guardarse en una caja fuerte en el domicilio, o puede haberse ingresado en una caja de seguridad de un banco, o incluso puede haberse llevado al extranjero (a un paraíso fiscal); sin que en ninguno de estos casos pueda ser detectado en la declaración de la renta o patrimonio.

¿Qué es lo que tenemos en los papeles filtrados a la prensa? Podemos apreciar distintos apuntes de entrada de dinero, algunos de los cuales vendrían de "donaciones" realizadas por empresarios. ¿Es ilegal que una empresa haga una donación a un partido político? En absoluto, tan sólo debe ceñirse a cumplir dos requisitos muy sencillos:

1.- Que las donaciones de una misma empresa no superen los 60.000.-€/año.
2.- Que las empresas donantes no realicen negocio público.

Estos dos requisitos se verían inculcados repetidamente según las supuestas anotaciones, por lo que podríamos estar ante la financiación ilegal del Partido Popular, mediante sobornos para conseguir licitaciones de obra pública, es decir, un delito de cohecho.

¿Podemos dar alguna credibilidad a los supuestos papeles de Bárcenas? Sí, así lo demuestra el propio fiscal general del Estado quien cree que existen indicios y razones para investigar dichos documentos. El principal problema con el que se enfrenta el Partido Popular es que algunos de los apuntes contables han sido ratificados por los propios interesados, se trata de operaciones legales de préstamo y que se encuentran contabilizadas oficialmente, sin embargo esta veracidad sirve para dudar de que el resto de apuntes sean falsos.

¿Qué podría haber pasado si se demostrase la veracidad de los documentos? Probablemente los papeles formasen un diario de caja del partido para las operaciones en metálico, después se filtrarían los apuntes y los legales se trasladarían a la contabilidad oficial dejando al margen de todo registro auditable las operaciones con dinero negro.

¿Cómo puede demostrar el Partido Popular que los documentos son falsos? Lo tiene difícil. La manera más lógica será ofreciendo auténtica transparencia de sus cuentas colaborando con la investigación judicial sin cortapisas. Este proceso llevaría tiempo y mientras durase no quitaría del todo la sombra de la duda en los sobresueldos del PP.

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