NOBLEZA OBLIGA
¿Habíais oído alguna vez hablar del 'alodio'? Yo debo confesar que no, desconocía totalmente el concepto hasta que se ha conocido la noticia de un matrimonio mallorquín que ha ganado una demanda judicial en la que se negaban al pago de dicho alodio.
El caso es el siguiente, una pareja formaliza la compraventa de una vivienda en la isla de Mallorca. Tras pagar sus correspondientes impuestos por la transmisión patrimonial reciben la reclamación de Dª María Almudena de Padua y España, Marquesa de Campo Franco, reclamando la cantidad de 1.800.-€ en concepto de alodio, un 2% del precio de la compraventa.
Pero, ¿qué es el alodio?. Pues es una figura del derecho romano que se abre paso en el tiempo y que perdura en el derecho mallorquín; consiste en la existencia de una carga sobre una finca que debe satisfacerse a su titular (en este caso la marquesa) en cada transmisión de la finca gravada.
Los compradores comienzan a informarse sobre el caso y ven como solución alegar la prescripción del cobro por no haberse abonado el alodio en la compraventa anterior que databa de 1942. Sin embargo el derecho sigue vigente y si en la próxima transmisión la marquesa sigue igual de atenta a "su derecho" podrá exigir el pago de su mordida por derecho de cuna.
Para evitar que pervivan este tipo de derechos, el matrimonio afectado ha iniciado una campaña de recogida de firmas en change.org para derogar la existencia de tal derecho de alodio del que os dejo el enlace.
Etiquetas: IMPUESTOS





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