lunes, 21 de mayo de 2012

LEYENDAS URBANAS

Existen una serie de creencias populares respecto de la declaración de la renta que han llegado a tomar el rango de "leyendas urbanas". Sucesos que se creen ciertos sin que exista ninguna prueba de su realidad, es más, que muchas veces son falsos en su totalidad. Vamos a analizar algunas de esas leyendas, las más extendidas.


Si hago la declaración de la renta un año tengo obligación de hacerla los años siguientes. FALSO. Los parámetros para medir la obligación o no de presentar la declaración se evalúan cada período, poniéndose el contador a cero tras finalizar cada año.

Los niños no tienen que hacer declaración de la renta. FALSO. La declaración de la renta se hace en función del nivel de rentas de cada ciudadano sin importar para ello la edad del declarante. Otra cosa es que en función del nivel de rentas del menor, esté obligado a hacer su declaración.

Marcar la casilla de asignación a la Iglesia Católica y/o a Fines Sociales me hace pagar más impuestos. FALSO. La cantidad asignada se extrae de la cuota ya calculada que paga el contribuyente, por tanto no afecta al importe final de la declaración. En caso de no marcar ninguna casilla la cantidad disponible para la asignación revierte en el presupuesto público.

Si confirmo el borrador de la declaración y hay algún error la responsable es la Agencia Tributaria. FALSO. Los datos para realiar el borrador no vinculan a la Agencia Tributaria y así lo recuerda en la carta en la que sule incluir el borrador y los datos fiscales.

Las declaraciones que hacen en Hacienda nunca se revisan y la devolución se obtiene antes. FALSO. Las declaraciones realizadas en hacienda parecen seguir el criterio de "en caso de duda, a favor de la Administración", por eso no suelen ser revisadas; pero ha habido casos en que al detectarse un error que favorecía al contribuyente este ha debido hacer frente a los recargos e intereses de demora. Respecto de que la devolución se obtiene antes se debe a que normalmente las declaraciones realizadas en la Agencia Tributaria son una mera confirmación del borrador.

Solo tengo obligación de hacer la declaración si he ganado más de 22.000.-€. FALSO. En cada contribuyente hay que ver no solo el importe de sus rendimientos sino el tipo de rendimientos que ha recibido y las condiciones en las que lo ha hecho. Recibir intereses por depósitos bancarios por importe superior a 1.600.-€ o ganar 15.000.-€ de nómina pero repartidos en dos empresas distintas son dos de los casos que también obligan a hacer la declaración. Lo ideal es ver cada caso en concreto.

Recibir una herencia obliga a hacer la declaración. FALSO. El mero hecho de haber heredado no obliga a hacer la declaración. Habría que ver los rendimientos que han generado los elementos de la herencia recibida para ver si eiste obligación de declarar por IRPF.

Estas serían las falsas creencias más extendidas respecto de la declaración de la renta y que no son ciertas, pero no las únicas. Si conocéis alguna otra nos la podéis comentar para intentar saber si está fundamentada.

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3 comentarios:

A las 21 de mayo de 2012 a las 12:47 , Anonymous Cizañero ha dicho...

No sé si es otra creencia o no, pero los premios de lotería, ¿están exentos o solamente el primer año? (no me importaría pagar siempre que quedara un buen 'pellizco')

 
A las 23 de mayo de 2012 a las 0:26 , Anonymous CONSULTORÍA DOÑA BERENGUELA ha dicho...

Este comentario ha sido eliminado por el autor.

 
A las 23 de mayo de 2012 a las 0:28 , Anonymous CONSULTORÍA DOÑA BERENGUELA ha dicho...

Los premios procedentes de la empresa de Loterías y Apuestas del Estado están exentos en la declaración de la renta. Lo que tributa son los rendimientos que puede generar el premio: jemplo, si el dinero obtenido lo invierto en un depósito a plazo, los intereses que me genere ese plazo tributarán por IRPF, pero solo los intereses.
Este tema de la lotería ya lo tratamos más afondo en otra entrada del blog, te dejo su enlace: http://econonius.blogspot.com.es/2011/12/me-ha-tocado-el-gordo.html

 

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