martes, 18 de octubre de 2011

BÚSCATE LA VIDA

Una de las caras más amargas de la crisis la estamos viendo en los desahucios de viviendas. Mucha gente ha perdido su empleo y por tanto sus ingresos, por lo que ya no pueden hacer frente a los pagos de sus hipotecas.

Esta situación no es nueva, pero sí que es cierto que la virulencia ha aumentado notablemente. Desde el inicio de la crisis en 2008 ha habido 270.000 ejecuciones de hipotecas. Es quizás el momento para una reforma de la Ley Hipotecaria.

En una microencuesta que realicé la semana pasada vi como la gran mayoría de los encuestados se decantaban por la opción de la dación en pago; es decir, si no se puede pagar la hipoteca se entregan las llaves de la vivienda y queda cancelada la deuda. Esta opción, que como digo, ha resultado la más popular no resulta la más recomendad por los expertos.

No es la más recomendada porque el negocio del banco no es el inmobiliario sino la intermediación financiera y prefiere recuperar el dinero prestdo que no quedarse con inmuebles de otros, o al menos así debería ser. Pero esas mismas entidades financieras se encuentran con una regulación que fiscalmente favorece la ejecución de la hipoteca frente a la dación en pago.

Sería más interesante que se estableciese un proceso de arbitraje entre ambas partes, ciudadano y entidad financiera, donde se pudiese negociar una salida digna para ambas partes. Tener que quitarle su vivienda a una familia y que se queden en la calle es un hecho lamentable y debería tratar de evitarse a toda costa.

Otro cambio interesante sería modificar la subastas de estos inmuebles embargados. Dinamizar la participación de la gente evitaría los chollos en la compras que dejan la deduda de la hipoteca sin cubrir.

Un tercer foco de modificaciones debería estar en la propia Ley Hipotecaria, empezando por revisar los intereses de demora con tipos demasiado altos para como está el mercado (20-30%). Además no parece normal que estos intereses de demora se paguen por la totalidad de la deuda pendiente y no por la cantidad impagada. Asimismo, actualmente el negociar con la entidad financiera y cambiar el tipo de interés o los plazos está gravado fiscalmente. Quizá no sea este el momento ni la situación para hacer caja por parte de las Administraciones.

También considero que debería diferenciarse entre que la vivienda sea la única de la familia o sea una segunda residencia por lo que decía anteriormente; la vivienda es un derecho constitucional y debería tenerse mucho cuidado con dejar familias enteras en la calle.

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2 comentarios:

A las 18 de octubre de 2011 a las 7:09 , Anonymous Cizañero ha dicho...

La vivienda es un derecho constitucional y también el trabajo (derecho y deber), así que si el banco te ofreciera un empleo, mataría dos pájaros de un tiro. Muy complicado el tema.

 
A las 18 de octubre de 2011 a las 9:37 , Anonymous CONSULTORÍA DOÑA BERENGUELA ha dicho...

Cuando me refiero a la vivienda como derecho constitucional, no quiero decir que se les haya de perdonar la deuda, pero sí que no se pueden permitir desalojos de viviendas cuando se han dejado de pagar 3.000 euros, porque no es proporcional el castigo con la falta.

 

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